AUTO CONSTITUCIONAL 36/2003-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 36/2003-CDP

Fecha: 29-Oct-2003

I.3.

I.3. Que, devuelto el expediente, Nelly Panozo Aguilar, en representación del recurrente Rene Rubén Panozo Aguilar, por memorial presentado el 23 de enero de 2001, solicitó al Tribunal de amparo que abra un término probatorio a efecto de la calificación de daños y perjuicios (fs. 183); solicitud a la que se dio curso por  providencia de 24 de enero de 2001 (fs. 183 vta.).