Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 104/2003
Fecha: 04-Nov-2003
II.2
II.2 Mediante Auto de 31 de marzo de 2003, dictado por los Vocales recurridos, las dos demandas anteriormente descritas, fueron acumuladas al tratarse de casos análogos, dejando sin efecto el sorteo de 6 de enero de 2003 del primer proceso, y reponiendo obrados hasta fs. 647; además de ordenar se haga conocer a las partes (fs. 1021 a 1022). Por diligencia de 1 de abril de 2003, el representado del recurrente Marcelo Canelas, fue notificado con el Auto anterior mediante cédula fijada en el tablero de la Sala Primera ahora recurrida (fs. 1023), sin que haya presentado memorial alguno.
- Marcelo Canelas Méndez
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.3 Alegaciones de la parte recurrida
- I.4 Tramite Procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.2
- II.3
- II.5
- 1. Probada la demanda interpuesta por Marcelo Canelas Méndez
- 2. Probada la demanda reconvencional planteada por Mario Jesús Campos Pinto y otros
- III.1
- III.2 En cuanto al primer fundamento del recurso,
- aceptó tácitamente la competencia de los Vocales recurridos, estando por tanto consolidada la competencia de éstos para conocer y resolver esa demanda, la que no puede ser impugnada por ninguna vía y menos a través del presente recurso directo de nulidad, que procede únicamente en los casos establecidos en el art. 79.I y II LTC,
- III.3 Con relación al segundo fundamento, de que los Vocales recurridos hubieran pronunciado la Sentencia fuera de término
- sorteo del expediente el
- INFUNDADO