SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1560/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1560/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

III.1

III.1   De obrados se establece que el representado del recurrente fue sometido a un debido proceso, al que se presentó y asumió defensa, produciéndose pruebas tanto de cargo como de descargo, las que fueron valoradas a tiempo de dictarse la sentencia por el Juez del proceso de acuerdo a su sana crítica, tal como consta en la sentencia de 30 de agosto de 2002 y el Auto complementario de 2 de septiembre del mismo año.

Por su parte, los Vocales recurridos, de manera fundamentada, resolvieron el recurso de apelación, pronunciándose sobre todos y cada uno de los puntos apelados por el representado del recurrente, habiendo confirmado la sentencia recurrida y el Auto complementario, modificando el quantum de la pena impuesta a cuatro años de reclusión.

Finalmente, los Ministros recurridos, con la debida fundamentación, procedieron a resolver el recurso de casación planteado por el representado del recurrente, y luego de un análisis pormenorizado de las supuestas ilegalidades reclamadas en el recurso y la confrontación con los precedentes, lo declararon infundado.

De lo señalado, se concluye que las autoridades demandadas no incurrieron en  ningún acto ilegal u omisión indebida, por el contrario sometieron el proceso y sus fallos a derecho, por lo que las resoluciones impugnadas por el actor han adquirido plena ejecutoria y no pueden ser revisadas a través del presente recurso, el cual sólo tiene esa facultad cuando se establece la violación de los derechos fundamentales, que en el caso no acontece.