Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1563/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
APROBAR
El Tribunal Constitucional en virtud de la jurisdicción que ejerce por mandato de los arts. 19.IV, 120.7ª CPE, 7.8ª y 102.V LTC, en revisión, resuelve, APROBAR la Resolución de 20 de agosto de 2003, cursante de fs. 601 a 602, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz.
- amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- a)
- II.2
- b)
- II.4
- Fragmento 9
- III.1
- Es una garantía que prohibe a las autoridades investigar, juzgar o condenar a una persona más de una vez por el mismo hecho respecto del cual ya se tramitó un proceso y se profirió una decisión,
- III.2
- uso de instrumento falsificado
- el objeto de estos procesos resulta ciertamente diferente
- existencia de hechos distintos
- III.3
- APROBAR