SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1563/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1563/2003-R

Fecha: 04-Nov-2003

el objeto de estos procesos resulta  ciertamente diferente

Sin embargo, el objeto de estos procesos resulta  ciertamente diferente, ya que el primer trámite versó en el hecho de que el actor presentó un memorial solicitando la inscripción de su partida de nacimiento, falsificando documentos públicos el 1 de febrero de 1971 y que derivó en la inscripción de la partida el 16 de febrero de 1971, por lo que al haberse ejercido la acción penal fuera del término otorgado por ley, se declaró válidamente la prescripción de la misma, existiendo la imposibilidad del Estado de ejercer el jus puniendi nuevamente con relación a ese acontecimiento. En cambio el segundo proceso se inició por el uso del certificado de nacimiento presuntamente falsificado, en la interposición de una demanda civil de división de bienes hereditarios, presentada el 1 de agosto de 2000, adjuntando al efecto la declaratoria de heredero de 14 de octubre de 1993, obtenida supuestamente a través de declaraciones falsas respecto a la filiación del recurrente.