Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1563/2003-R
Fecha: 04-Nov-2003
Fragmento 9
El actor considera que los vocales recurridos han vulnerado el principio non bis in idem, la presunción de inocencia y a sus derechos a la filiación, al nombre y a la igualdad, al haber emitido el Auto de Vista de 17 de marzo de 2003, que revocó la resolución emitida por el juez de la causa -que declaró probada la excepción de cosa juzgada- y dispuso la prosecución del proceso, sin tener en cuenta la identidad de objeto, causa y sujetos con relación a un anterior proceso. Por consiguiente, corresponde analizar, en revisión, si los supuestos actos ilegales son evidentes y si se encuentran dentro del ámbito de protección otorgado por el art. 19 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2 Informe de las autoridades recurridas
- a)
- II.2
- b)
- II.4
- Fragmento 9
- III.1
- Es una garantía que prohibe a las autoridades investigar, juzgar o condenar a una persona más de una vez por el mismo hecho respecto del cual ya se tramitó un proceso y se profirió una decisión,
- III.2
- uso de instrumento falsificado
- el objeto de estos procesos resulta ciertamente diferente
- existencia de hechos distintos
- III.3
- APROBAR