SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1615/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1615/2003-R

Fecha: 10-Nov-2003

II.3

II.3 Por Acuerdo de 29 de noviembre de 2002, la Confederación de Trabajadores de Salud de Chuquisaca y el recurrido, resolvieron mantener en sus fuentes laborales a aquellos trabajadores cuya antigüedad calificada sea mayor a cinco años (fs. 27). Mediante circular de 29 de enero de 2003, el Ministro de Salud y Previsión Social reiteró al recurrido que no se podía exonerar a funcionarios con más de 5 años de antigüedad ni a mujeres embarazadas o en período de lactancia, sin previo proceso (fs. 28).