Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1615/2003-R
Fecha: 10-Nov-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La recurrente alega la vulneración de sus derechos a la defensa, a la seguridad jurídica, al trabajo y a la petición, en razón a que el recurrido la destituyó de su cargo sin previo proceso y porque no obstante haberla reincorporado a través de tres memorandos, no efectivizó su restitución, además de no haberle concedido las fotocopias legalizadas que solicitó. En ese sentido, corresponde, analizar si es viable la tutela solicitada.
- Fragmento 1
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.1
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- la recurrente podía haber acudido también al Director de Desarrollo Social, no es menos cierto que acudió al Prefecto cuya autoridad linealmente es la máxima en jerarquía en relación al recurrido, de modo que la vía administrativa se ha agotado
- APROBAR