Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1636/2003-R
Fecha: 17-Nov-2003
I.2.2 Informe de los recurridos
El Comandante del Distrito Policial Nº 1 informó que era imposible dar cumplimiento al desapoderamiento ordenado al no contarse con personal suficiente, pues requería de por lo menos doscientos efectivos policiales, razón por la que elevó un informe indicando la imposibilidad de cumplir con lo ordenado, sugiriendo la participación de otras unidades.
- amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.2 Informe de los recurridos
- a)
- procedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- sin especificar de cuáles derechos se trata
- III.1
- y si pese a esa omisión se admite el recurso, ese defecto dará lugar a su improcedencia
- III.2
- no haberse precisado con exactitud y en forma expresa los