SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1667/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1667/2003 - R

Fecha: 17-Nov-2003

II.1

II.1            Que, el 28 de agosto del 2003, en el Tribunal de Sentencia Segundo en lo Penal de Trinidad, (luego de la audiencia ordinaria de sorteo de jueces ciudadanos, donde se nombró sólo a dos de sus miembros), se llevó a cabo una audiencia de sorteo extraordinario de jueces ciudadanos, para completar el tribunal que iba  juzgar a Harold Maicol Arias Durán y otros, por la presunta comisión de los delitos de asesinato y otros, en la que se analizaron las causales de excusa y recusación excluyéndose por impedimentos fácticos o de hecho a una de las tres personas asistentes, luego, no habiendo causales de recusación con fundamento, se procedió a recusar sin fundamento por parte de la defensa de la imputada Escalet Pinto Sejas un segundo ciudadano y finalmente con la misma facultad  de recusar a dos ciudadanos, la defensa del ahora recurrente Harold Maicol Arias Durán, recusó sin fundamento al tercer ciudadano asistente, aspecto que fue observado por el fiscal de materia presente, porque en la audiencia del primer sorteo, la defensa ya había recusado a un ciudadano sin fundamento, por lo que ahora tendrían ese derecho sólo contra un ciudadano más y no contra tres ciudadanos como estaban solicitando (fs. 1 a 3).