Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1772/2003-R
Fecha: 05-Dic-2003
II.4.
II.4. A través de la nota de 21 de agosto de 2001, el Director Departamental Jurídico de la Prefectura de La Paz remitió a conocimiento del Director Administrativo y Financiero de esa entidad los expedientes referidos al trámite de expropiación del tramo carretero Cotapata - Santa Bárbara, figurando en la nómina la Cooperativa Minera recurrente, correspondiéndole el monto de $US120.000.-(fs. 101).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- a)
- b)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- no ha lesionado los derechos invocados, toda vez que no fue él quien afectó directamente la propiedad de la Cooperativa representada
- derecho a la igualdad
- III.2.
- lo que supone el derecho a obtener una pronta resolución, ya que sin la posibilidad de exigir una respuesta rápida y oportuna carecería de efectividad el derecho
- 1. REVOCAR