SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1801/2003 - R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1801/2003 - R

Fecha: 05-Dic-2003

II.2

II.2    Celebrada la audiencia pública en presencia del representado, el Juez dictó la resolución  272/2003 de 3 de octubre, mediante la que dispuso su detención preventiva, exponiendo como fundamento con referencia al inc. 1) del art. 233 CPP, lo siguiente “con los documentos presentados hay indicios sobre la posible autoría o participación de los imputados en los hechos que se investigan, elementos que dan la suficiente convicción al suscrito juez de que este presupuesto se cumple”. Con relación al inc. 2) del mismo artículo, fundamentó que si bien los imputados acreditaron tener domicilio, familia y ocupación establecida en el país y que se presentaron voluntariamente, en cuanto al representado se evidenció que tiene condena privativa de libertad en primera instancia, por lo que era de aplicación el inc. 6) del art. 234 CPP.