SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1822/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1822/2003-R

Fecha: 05-Dic-2003

a)

El abogado de la recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando: a)  en principio su representante y garante fue demandada en el proceso coactivo disponiendo el Juez que la entidad coactivante aclare el monto  que perseguía, la que aclarada deja de ser un título coactivo y a pesar de ello la autoridad jurisdiccional al dictar ya la sentencia excluye a la garante del proceso actuando en forma unilateral  pues debió también ordenar que se modifique la demanda no sólo respecto al monto sino a los demandados; b) el Juez no tomó en cuenta que su representada no renunció en forma expresa al proceso ejecutivo  por lo que no era competente para conocer el proceso coactivo cuya demanda debió rechazar y al no hacerlo tramitó el mismo con vicios de nulidad, violando de esta manera los derechos a la defensa, debido proceso y a la propiedad privada.