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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1822/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1822/2003-R

    Fecha: 05-Dic-2003

    II.8

    II.8             Ante la solicitud de los adjudicatarios de los inmuebles rematados para tomar posesión de los mismos, la autoridad jurisdiccional  dispuso previamente la notificación de los ejecutados a objeto de que los desocupen en el término de tres días. En efecto el 26 de septiembre de 2003, el Juez recurrido ordenó se libre el mandamiento de desapoderamiento (fs. 231).

    • recurso
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3 Autoridad  recurrida  y petitorio
    • a)
    • 1)
    • procedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • II.5
    • II.6
    • II.7
    • II.8
    • III.      FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • III.5

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