SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1837/2003-R
Fecha: 12-Dic-2003
II.2
II.2 Apelada que fue la Resolución de 20 de mayo de 2002, fue resuelta por Resolución de 22 de abril de 2003 emitida por el Tribunal de Honor del Colegio Nacional de Abogados (fs. 4 a 5), que revocó la resolución apelada y deliberando en el fondo impuso al ahora recurrente la sanción de seis meses de suspensión en el ejercicio de la profesión y de conformidad al art. 43 de la Ley de la Abogacía, se le concedió licencia para su procesamiento; con el fundamento de que: "la sentencia no fue pronunciada conforme a la compulsa de los elementos probatorios, tanto objetivos como subjetivos, que por la naturaleza de los hechos sometidos al Tribunal de instancia, ellos no se encuadran en la esfera del análisis atento de los hechos, encontrándose infracciones a los arts. 10 y 13 Código de Ética para el Ejercicio de la Abogacía, por ello el recurso interpuesto por los denunciantes tiene elementos valorativos que evidencian sus ofensas”.