Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1837/2003-R
Fecha: 12-Dic-2003
III.1
III.1 El Recurso de Amparo Constitucional consagrado en los arts. 19. IV CPE y 94 LTC, ha sido establecido “...contra los actos ilegales o las omisiones indebidas de los funcionarios o particulares que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos y garantías de las personas reconocidos por la Constitución y las leyes”.