SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1887/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1887/2003-R

Fecha: 16-Dic-2003

III.  FUNDAMENTOS   JURÍDICOS DEL FALLO

En el presente recurso el actor alega que no obstante estar reconocido su derecho y dispuesto el pago de su capital de cesantía, los recurridos se niegan a cancelarle el mismo bajo el argumento de que no habría presentado descargos respecto de la gestión que desempeñó como Agente Regional de COSSMIL en 1995, lo que atenta contra su derechos a la seguridad social. En ese sentido, corresponde, en revisión, analizar si en la especie se debe otorgar la tutela pretendida, tomando en cuenta los caracteres que le son inherentes.