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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1887/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1887/2003-R

    Fecha: 16-Dic-2003

    III.3.

    III.3.  Es necesario dejar claro que la improcedencia de este recurso de ningún modo implica un desconocimiento del derecho del actor al pago del capital de cesantía, reconocido expresamente por Resolución 015 de 6 de febrero de 2002, que podrá obtenerlo por otra vía, ya que el presente fallo se asienta en la inobservancia del principio de inmediatez y la existencia de un acto consentido por el recurrente, que no  tienen relación alguna con el  derecho antes referido.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.4.
    • III.  FUNDAMENTOS   JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • 6 de febrero de 2002,
    • durante la gestión 2001 no se evidencia ninguna documental que permita concluir que realizó reclamo alguno respecto de esa situación, hasta el 3 de abril de 2002
    • pues permitió que pasen
    • III.2.
    • III.3.
    • APRUEBA

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