SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1887/2003-R
Fecha: 16-Dic-2003
pues permitió que pasen
Por consiguiente, la parte recurrente ha actuado con negligencia en el planteamiento de sus reclamos en sede administrativa como en la formulación de este recurso extraordinario, pues permitió que pasen diez meses para solicitar el pago del capital de cesantía ante el Gerente General de COSSMIL, y más de un año y ocho meses para plantear el presente amparo, lo que motiva su improcedencia, de acuerdo a la jurisprudencia citada precedentemente, contemplada en las SSCC 1442/2002-R, 85/2003-R, 125/2003-R, 389/2003, 588/2003-R, 618/2003-R, 707/2003-R, 1157/2003-R, 1171/2003-R, y otras que han determinado que el término máximo para interponer el amparo es de seis meses computables a partir del conocimiento del acto ilegal u omisión indebida o del agotamiento de los medios administrativos u ordinarios previstos en la ley.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- 6 de febrero de 2002,
- durante la gestión 2001 no se evidencia ninguna documental que permita concluir que realizó reclamo alguno respecto de esa situación, hasta el 3 de abril de 2002
- pues permitió que pasen
- III.2.
- III.3.
- APRUEBA