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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1932/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1932/2003-R

    Fecha: 18-Dic-2003

    III.1

    III.1    Los arts. 6. II y 9 CPE, por una parte,  obliga al Estado a proteger la libertad y la dignidad de las personas y por otra, enseña que: “Nadie puede ser detenido, arrestado ni puesto en prisión, sino en los casos y según las formas establecidas por ley, requiriéndose para la ejecución del respectivo mandamiento, que éste emane de autoridad competente y sea intimado por escrito”..

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1    Hechos que motivan el recurso
    • I.2.1    Ratificación y ampliación del recurso
    • 1)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • II.6
    • FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • III.4
    • III.5
    • III.6
    • APROBAR

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