SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0140/2003-R
Fecha: 06-Feb-2003
II.3
II.3 De fs. 38 a 42 sale el acta de la audiencia conclusiva efectuada el 5 de septiembre, en la que el Fiscal requirió la detención preventiva de los imputados porque habrían obstaculizado la investigación al no presentarle la documentación necesaria para llevar adelante el proceso. El Juez dictó un Auto (fs. 41 vta. y 42), ordenando “la detención en depósito hasta que el señor Fiscal revise toda la documentación que acaba de presentarse”; empero, ante la aseveración del Fiscal respecto a que demoraría quince días en revisar dicha literal, el recurrido dispuso que el representante del Ministerio Público redoble sus esfuerzos para que en 7 días termine su trabajo, y: “en ese lapso, puede ser el día de mañana o de pasado, las tres autoridades edilicias puedan salir del penal de esta población, con garantía de presentación, ya sea de dirigentes sindicales, vecinales” (sic) o cinco ciudadanos solventes por cada uno. Finalmente, señaló día y hora de una segunda audiencia conclusiva.
- Verónica Vera Bacarreza y Juan Manuel Rosas Monje, en representación sin mandato de Faustino Coaquira Huayta, Aurelio Vásquez Bazán y Freddy López Salas
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridad recurrida y petitorio.
- a)
- Fragmento 5
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.6
- “
- Etapa Preparatoria
- 2)
- proceso penal se inicia
- Oportunidad de la presentación de la Imputación formal.
- III.2
- sin que exista acusación o requerimiento conclusivo alguno por parte del Fiscal.
- III.3
- en forma individual,
- III.4
- III.5
- III.6
- con relación a la Ley SAFCO,
- APRUEBA