Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0142/2003-R
Fecha: 06-Feb-2003
II.6
II.6 Mediante Auto Supremo 210 de 3 de octubre de 2000 (fs. 11), se aprobó la Resolución de procedencia del amparo constitucional formulado por Rosa Bárbara Mamani de Mamani contra la Jueza Tercera de Partido en lo Civil, Aida Luz Maldonado, con el fundamento de que el proceso ordinario civil aún no ostentaba el sello de la ejecutoria de su fallo, por encontrarse pendientes de resolución tanto la tercería formulada por Rosa Bárbara Mamani de Mamani, como la apelación de la sentencia.
- Rosa Bárbara Mamani de Mamani
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- improcedente
- I.2.4 Trámite en el Tribunal Constitucional.
- II.1
- II.3
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- II.10 A través del Auto de 15 de agosto de 2002 (fs. 283),
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- reparación inmediata, efectiva e idónea de sus derechos fundamentales o garantías constitucionales
- III.2
- en mérito de lo que tal derecho, declarado judicialmente, única y exclusivamente podría ser modificado, revocado o anulado a través de un otro proceso judicial en el que la ahora recurrente sea oída y vencida,
- 136/2003-R
- y emergente de un acto ilegal,
- 3º ANULA