Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0142/2003-R
Fecha: 06-Feb-2003
II.8
II.8 Contra el Auto de 9 de octubre de 1998, la recurrente formuló apelación por escrito de 19 del mismo mes y año (fs. 182), que fue corrida en traslado. En el expediente remitido a este Tribunal no consta respuesta ni resolución de dicha apelación, ni reclamo de la apelante para que sea concedida.
- Rosa Bárbara Mamani de Mamani
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- improcedente
- I.2.4 Trámite en el Tribunal Constitucional.
- II.1
- II.3
- II.5
- II.6
- II.7
- II.8
- II.10 A través del Auto de 15 de agosto de 2002 (fs. 283),
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- reparación inmediata, efectiva e idónea de sus derechos fundamentales o garantías constitucionales
- III.2
- en mérito de lo que tal derecho, declarado judicialmente, única y exclusivamente podría ser modificado, revocado o anulado a través de un otro proceso judicial en el que la ahora recurrente sea oída y vencida,
- 136/2003-R
- y emergente de un acto ilegal,
- 3º ANULA