Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0175/2003-R
Fecha: 17-Feb-2003
III.2
III.2 Respecto al supuesto atentado a la Línea Nº 103 de la Cooperativa de Transporte “Oruro” Ltda. y a la ruptura de vidrios de los motorizados de propiedad de los actores, tampoco cursa evidencia alguna en el cuaderno procesal, por una parte, y por otra, tales conductas están tipificadas como delitos en el Código Penal vigente, motivo por el que deberán acudir a la vía pertinente denunciando esos hechos ilícitos.
- Alfredo Pereira García, Tito Flores Poma, Nelson Montaño Hinojosa, Florencio Cala Magne, Rufino Mamani Rodríguez, Néstor Peñafiel Choque y René Rios Antezana, miembros de la Cooperativa de Transportes “Oruro” Ltda.
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- a)
- “SIN LUGAR Y DENIEGA”
- II.1
- II.2
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1
- SC 010/2003, de 5 de febrero,
- coordinación
- b)
- a la seguridad, a la vida y a la integridad corporal
- al no ser únicamente de competencia municipal, sino, en forma concurrente y coordinada, de la Superintendencia de Transportes.
- III.2
- APRUEBA