Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0181/2003-R
Fecha: 17-Feb-2003
II.5.
II.5. No obstante los memoriales presentados por el recurrente indicando que se presentaría a pesar de las irregularidades cometidas en su contra, y la solicitud de postergación de la audiencia al haberse vulnerado el art. 166 CPP al realizarse su notificación, el 5 de diciembre de 2002, a horas 15:15, prestó su declaración informativa (fs. 15-16, 105-110).
- Yerko Garafulic Barrón
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados.
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso.
- I.2.2. Informe de la recurrida.
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- a)
- III.1.
- dentro de las veinticuatro horas de emitido el requerimiento,
- III.2.
- III.3.
- III.4.