SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0247/2003-R
Fecha: 27-Feb-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente Emilio Ciriaco Brañez Rivera, sostiene que el Administrador de Aduana de Zona Franca Comercial El Alto, el Fiscal de Materia Adscrito a la Aduana Nacional y el Juez Quinto de Instrucción en lo Penal, han vulnerado su derecho al trabajo previsto por el art. 7.d) CPE, al retener indebidamente el camión de su propiedad que transportaba mercancía con el correspondiente manifiesto internacional de carga (MIC) desde la Aduana de partida de Tambo Quemado a la Aduana de destino de zona franca El Alto-La Paz, y posteriormente a su comiso a solicitud del Fiscal quien imputó formalmente a Reynaldo Flores y otros el delito de contrabando sancionado en el art. 166.d) LGA, y considerar al vehículo como instrumento del delito, medida que posteriormente fue ratificada por el Juez Cautelar, privándole de esta manera de su herramienta de trabajo.