Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0247/2003-R
Fecha: 27-Feb-2003
Juez Cautelar
El Juez Cautelar a fs, 132 informa: 1) ya no tiene competencia porque el proceso se halla ante el Juez de Sentencia hace cinco meses; 2) el recurrente no se percató de que las medidas cautelares son modificables y recurribles en cualquier momento, además que el comiso del camión fue dado hace casi un año y nunca pidió la revisión o modificación de la resolución.