SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0022/2003

Fecha: 12-Mar-2003

II.2.

II.2. Los co-recurridos Maruja Arimoza Terceros y Rodolfo Soliz Cabello , junto al Alcalde de Saipina y otros concejales interpusieron recurso de amparo constitucional el 27 de junio de 2002, porque los miembros del Comité de Vigilancia acompañados de una turba el 17 y 20 de junio de ese año tomaron y cerraron el edificio municipal colocando candados. El tribunal de amparo (Juez de Samaipata) declara procedente el mismo y dispone la apertura de los despachos, fallo que en revisión fue aprobado mediante la Sentencia Constitucional Nº 1052/2002-R de 2 de septiembre, habiéndose procedido a su reapertura con ayuda de la fuerza pública, por orden emitida mediante decreto de 30 de septiembre de 2002 (fs. 50-90).