SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2003
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0028/2003

Fecha: 26-Mar-2003

I.1.1. Hechos que motivan el recurso

Su representado formalizó demanda contencioso administrativa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra la Superintendencia de Recursos Jerárquicos del SIRESE pidiendo la nulidad de la Resolución Administrativa SRJ-RJ 0078/2000 confirmatoria de una anterior resolución dictada en recurso de reposición interpuesto por la Superintendencia de  Bancos y Entidades Financieras (SBEF) por supuestas infracciones cometidas en el manejo del Banco BHN.

Añade que la demanda fue presentada el 28 de marzo de 2001 dirigiéndola contra el Fiscal General de la República y por cambio en la legislación procesal introducido por la nueva Ley del Ministerio Público, se modificó la demanda dirigiéndola contra la Superintendencia de Recursos Jerárquicos, entidad que pronunció la última resolución regulatoria, que contestó la demanda el 30 de agosto, presentando de su parte la réplica  el 22 de septiembre de 2001, siendo notificados con la dúplica en 31 de octubre de 2001. El expediente se sorteó el 11 de enero de 2002, correspondiéndole hacer de Relator al Ministro Carlos Tovar G., pronunciándose la sentencia el 25 de septiembre de 2002, esto es, a los ocho meses y medio del sorteo del expediente.

Argumenta además, que habiendo dictado la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia  dentro del citado proceso contencioso administrativo seguido por Roberto Germán Freire Bustos en representación de Rodrigo Navarro Bánzer contra la Superintendencia de Recursos Jerárquicos, la sentencia impugnada en un plazo mayor al establecido por el art. 204.III del Código de Procedimiento Civil (CPC), de treinta días, ha incurrido en retardo de justicia y pérdida de competencia, lo cual autoriza el recurso directo de nulidad.