SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0318/2003-R
Fecha: 18-Mar-2003
III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
El recurrente sostiene que fue detenido sin mandamiento emitido por autoridad competente y pasado al Juez Cautelar, quien le aplicó las medidas sustitutivas a la detención preventiva, señaladas en el art. 240.3), 5) y 6) CPP de arraigo, prohibición de salir de la provincia Gran Chaco, de comunicarse con las otras personas vinculadas al delito, además de fianza personal y económica de Bs1000.- faltándole el cumplimiento sólo de una de ellas, a cuyo efecto se señaló audiencia para la constitución de garantes personales, actuado procesal que a solicitud de la parte querellante que adjuntó documentos que -dice- desvirtúan el que tenga una residencia fija y trabajo, fue dejado sin efecto y en suspenso la audiencia fijada remitiendo dichos antecedentes al Ministerio Público que requirió por la revocatoria de las medidas sustitutivas impuestas, significando la determinación de la autoridad jurisdiccional una revocatoria, que vulnera su derecho a la libertad al procesarlo ilegalmente afectando ello al debido proceso.