SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0340/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0340/2003-R

Fecha: 19-Mar-2003

II.6.

II.6. Que, el 25 de octubre de 2002 el recurrente solicita a la jueza demandada la nulidad de la diligencia de notificación con el Auto de Vista y se remita el expediente ante el Tribunal de alzada para que esa instancia resuelva su pedido (fs. 35-36), petición resuelta por decreto de 28 del mismo mes en el que la Jueza de la causa dispone que el solicitante “debe estar a lo dispuesto la segunda parte del art. 286 CPP y a la designación efectuada por providencia de fs. 301”(sic) (fs. 37 vta.).