Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0361/2003- R
Fecha: 25-Mar-2003
II.1
II.1 Que por querella con fecha de 8 de febrero de 1988, Miriam Vaca de Cuéllar formuló denuncia por la comisión de delitos de estafa, estelionato y otros contra “JOSE LUIS SALINAS VALCACER” pidiendo se le notifique mediante exhorto suplicatorio manifestando que residía en Miami (Florida) en Estados Unidos de Norteamérica (fs. 19), la cual, previo requerimiento dio lugar a que se instruyera sumario penal en el mismo año contra “JOSE LUIS SALINAS” (fs. 21).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso
- César Quintana Frías, Juez Primero de Partido en lo Penal Liquidador
- I.2.1
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II. 5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- Fragmento 17
- se tendrá por no existente e igualmente el procedimiento que la hubiere declarado”
- haber sido oído y juzgado en proceso legal;
- III.6
- III.7
- REVOCA