SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0361/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0361/2003- R

Fecha: 25-Mar-2003

II.4

II.4     Que radicado el expediente en el Juzgado a cargo actual del recurrido (fs. 73), se notificó por cedulón a otra defensora de oficio sin previa designación con el señalamiento de audiencia para confesoria (fs. 73-74), pero al no presentarse JOSE LUIS SALINAS ni su abogada defensora se ordenó y se le citó por edicto (fs. 78, 79), y, al no presentarse se le declaró rebelde y contumaz designándose como defensora a la abogada que ya había sido notificada anteriormente (fs. 84), publicándose el edicto con el mismo nombre (fs. 89).