Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0552/2003- R
Fecha: 29-Abr-2003
II.4
II.4 Que el 21 de enero de 2003, el recurrente nuevamente reitera su solicitud ante el Tribunal de Sentencia para que se conmine a la Fiscal a presentar la prueba de descargo que ofreció en la etapa preparatoria, a lo cual, se proveyó que la recurrida conteste en el plazo de 3 días (fs. 43-44, 44 vta.). Finalmente por memorial de 24 del citado mes y año, el recurrente se dirigió a la recurrida solicitando el desglose de documentos aportados como prueba de descargo y fotocopias legalizadas de ciertas actuaciones (fs. 2).