SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0553/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0553/2003- R

Fecha: 29-Abr-2003

Fragmento 13

            Que no habiéndose subsanado dicha omisión, el co-recurrido Fiscal no podía declarar la rebeldía de Marlene Quevedo y menos pedir que se expida mandamiento de aprehensión en su contra, puesto que la representación defectuosa en la que se basó, no podía sustentar la certeza de que la nombrada rehuía prestarse a responder a la denuncia, sino que dejaba duda de la validez de la citación porque no existía ninguna referencia de que la citación aunque sea defectuosa cumplió su fin, único caso, en los que una notificación defectuosa puede ser válida.