SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0691/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0691/2003- R

Fecha: 21-May-2003

I.1.1 Hechos que motivan el recurso.

Que ingresó a trabajar al Servicio Departamental de Salud (SEDES) el 6 de octubre de 1997, como Enfermera del Distrito 1 Santa Bárbara y que el 25 de octubre de 2001 los Presidentes del SEDES, Colegio de Enfermeras y del SIRMES convocaron a concurso de méritos y examen de competencia de regularización externa, para el ítem que le pertenecía, al que se postuló y resultó ganadora, otorgándosele el Certificado de Institucionalización y el correspondiente memorando de designación y ratificación en sus funciones el 19 de enero de 2002, empero, sin tener llamada de atención o falta disciplinaria, el 9 de septiembre de 2002 el recurrido la destituyó mediante memorando argumentando “un proceso de transformación de las estructuras del Poder Ejecutivo y los Gobiernos Departamentales”, agradeciéndole sus servicios en forma arbitraria y sin ninguna otra explicación, por lo que acudió a dicha autoridad buscando la revocatoria de su determinación, exigiendo a través de memoriales y requerimientos fiscales respuestas a su petición, hasta que luego de tanta insistencia y habiendo acudido inclusive ante el Prefecto, recién el 24 de diciembre, el recurrido envió una nota a dicha autoridad remitiéndole un informe de la Unidad Jurídica, justificando su despido aduciendo una serie de supuestos errores en las convocatorias, para finalmente mediante nota de 26 de noviembre de 2002 expresar que ha cumplido el requerimiento de certificaciones impetradas. Que ante dicho acto ilegal, ha seguido presentándose a su fuente de trabajo, empero sus sueldos fueron retenidos para ser pagados a terceras personas que gozaban de su ítem, para finalmente intentar burlarle con una “reincorporación” a medio tiempo en condiciones totalmente ajenas y diferentes a su situación laboral antes de su ilegal destitución.