SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0691/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0691/2003- R

Fecha: 21-May-2003

procedente

Concluida la audiencia, la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca declaró procedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que tratándose de un cargo ganado mediante concurso de méritos y examen de competencia, la recurrente no podía ser destituida ni removida de sus funciones sin previo proceso; por lo que su destitución infringe sus derechos y garantías reconocidos por los arts. 7-a)-d) y 16-II-IV CPE y b) que la expedición del memorando de reincorporación de funciones de 11 de marzo de 2003, no acredita que el acto ilegal hubiera cesado, mientras no se haga efectiva la restitución de la recurrente a su cargo.