SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0709/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0709/2003-R

Fecha: 28-May-2003

emitir su requerimiento conclusivo de sobreseimiento, sin que se haya iniciado el proceso penal y sin que se empiece a computar el plazo de seis meses señalado por el art. 134 CPP

            Que, si bien es cierto que la autoridad fiscal, tiene facultad de decretar fundamentadamente un sobreseimiento, cuando de los datos de la investigación estime que los elementos de prueba son insuficientes para fundamentar una acusación, no es menos evidente que esa atribución la ejercerá cuando previamente se haya dado cumplimiento al trámite del proceso investigativo, o sea cuando se inició la investigación, se dio aviso al Juez, se presentó la imputación, se puso en conocimiento de los imputados y otros; en la especie esas actuaciones no se realizaron, pese a ello y de manera directa el Fiscal de Challapata recurrido, procedió a emitir su requerimiento conclusivo de sobreseimiento, sin que se haya iniciado el proceso penal y sin que se empiece a computar el plazo de seis meses señalado por el art. 134 CPP, al que hacen  referencia los recurrentes de manera reiterada tanto en su demanda como en audiencia.