SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0709/2003-R
Fecha: 28-May-2003
I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
Que, Porfirio Soto Pinedo y Aurora Ayala de Ari, Concejales del Municipio de Santiago de Huari y Proxidez Nieto Gutiérrez, Presidenta del Comité Cívico (recurrentes), en 25 de marzo de 2002, interpusieron querella y solicitaron investigación contra Freddy Huarachi Callapa y otros Concejales Municipales, por los delitos de peculado, malversación y otros, porque se apropiaron de los dineros del pueblo.
Que, el caso pasa a conocimiento de Sergio Colque Rodríguez, Fiscal de Challapata (recurrido); dentro de la investigación presentaron pruebas documentales que acreditan que los denunciados han cometido los delitos querellados, pero el fiscal sin valorar esa prueba plena y sin esperar que se emita un dictamen solicitado a la Contraloría (con el que se confirmarían todas las denuncias), favoreció a los imputados y requirió por su sobreseimiento, con lo que se ha conculcado los arts. 3, 5, 8 e incisos 1), 2) y 3) del art. 45 de la Ley 2175 de 13 de febrero de 2001 o Ley Orgánica del Ministerio Público (LOMP) y el art. 323 inc. 3) de la Ley 1970 de 25 de marzo de 1999 o Código de Procedimiento Penal (CPP).
Que, con ese acto ilegal se ha vulnerado el principio de igualdad de partes, por cuanto se les ha cortado a los recurrentes la oportunidad de presentar mayor prueba en el plazo que establece el art. 134 CPP, es decir que se ha limitado su derecho de acceso a la justicia al no permitir que la etapa preparatoria se realice dentro de término legal; acto con el que también se restringe los derechos de todo el pueblo.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- sin que el plazo de seis meses para la investigación haya vencido
- 2)
- 3)
- emitir su requerimiento conclusivo de sobreseimiento, sin que se haya iniciado el proceso penal y sin que se empiece a computar el plazo de seis meses señalado por el art. 134 CPP
- III.2.
- Fragmento 14
- III.3.