Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0709/2003-R
Fecha: 28-May-2003
Fragmento 14
Que, por lo referido se evidencia que se ha lesionado la garantía al debido proceso de los recurrentes, entendida como el derecho que tiene toda persona a un proceso justo y equitativo que se acomode a lo establecido por las disposiciones jurídicas generales aplicables; conforme lo ha establecido este Tribunal en SSCC 339/2003-R, 288/2003-R, 142/2003-R, entre otras; por lo que es viable la tutela demandada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- sin que el plazo de seis meses para la investigación haya vencido
- 2)
- 3)
- emitir su requerimiento conclusivo de sobreseimiento, sin que se haya iniciado el proceso penal y sin que se empiece a computar el plazo de seis meses señalado por el art. 134 CPP
- III.2.
- Fragmento 14
- III.3.