Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0709/2003-R
Fecha: 28-May-2003
II.3.
II.3. Que, en el curso de la investigación se recibieron una serie de declaraciones informativas en 30 de julio, 07, 08, 09, 12, 13 y 30 de agosto, de 2002 (fs. 13, 15, 17, 19, 24, 26, 28, 29 y 32); el Fiscal adjunto demandado en 23 de septiembre de 2002 requirió porque la Gerencia Departamental de la Contraloría practique auditoría económica (fs. 37-38).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.3. Autoridades o personas recurridas y petitorio
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- sin que el plazo de seis meses para la investigación haya vencido
- 2)
- 3)
- emitir su requerimiento conclusivo de sobreseimiento, sin que se haya iniciado el proceso penal y sin que se empiece a computar el plazo de seis meses señalado por el art. 134 CPP
- III.2.
- Fragmento 14
- III.3.