Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0725/2003-R
Fecha: 28-May-2003
II.3
II.3 El recurrente formuló recusación contra la vocal Teresa Vera Cañellas de Gil, quien rechazó la misma mediante Auto de 26 de diciembre de 2002 (fs. 312-313), llevándose a cabo la audiencia para su consideración en la que el Tribunal declaró desistida la recusación en vista de que el recusante no se presentó no obstante su legal notificación -según el acta de fs. 319- sin embargo no consta en obrados la notificación al recurrente con el señalamiento de día y hora para ese efecto.