SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0725/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0725/2003-R

Fecha: 28-May-2003

representante del Ministerio Público

El representante del Ministerio Público emite dictamen porque se declare procedente el recurso con el argumento de que no se han justificado las arbitrariedades que señala el recurrente a excepción de la convocatoria al Vocal semanero para conformar Sala, omisión indebida que no sólo viola el debido proceso sino el derecho a la defensa en juicio, por lo que se debe dejar sin efecto el Auto Supremo impugnado que resulta ser el vicio más antiguo.