Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0818/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
I.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
El abogado del recurrente ratifica los términos del recurso planteado y los amplía manifestando que solicitan la aplicación de la ley, que el debido proceso y la seguridad jurídica no queden escritos sino que respeten los derechos y garantías constitucionales, pues los derechos mencionados están relacionados con la dignidad de la persona.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
- a)
- representante del Ministerio Público
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- La primera
- III.2 La segunda,