SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0818/2003-R
Fecha: 17-Jun-2003
II.1
II.1 A denuncia de Berto Bucett Calderón y querella de Jovino Bucett Calderón de 19 junio de 2002, contra Rafael Vargas Peña, Carlos E. Balcazar Mendez y Herland Oliveira Gonzáles, se inició la investigación preliminar por la supuesta comisión de los delitos de lesiones gravísimas, tentativa de homicidio y ejercicio ilegal de la medicina (fs. 71-73), a cuya conclusión el Fiscal previa compulsa de los elementos acumulados, dicta la resolución de 16 de diciembre de 2002, que rechaza la querella y denuncia interpuestas, al no existir suficientes elementos de convicción suficientes que le permitan fundar una acusación, haciendo imposible además continuar con la investigación, en tanto no varíen las circunstancias que la fundamentan (fs. 1-16).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.1 Ratificación y ampliación del Recurso
- a)
- representante del Ministerio Público
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- La primera
- III.2 La segunda,