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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0854/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0854/2003-R

    Fecha: 24-Jun-2003

    II.3.

    II.3. Que, el 20 de diciembre del 2002, el Fiscal mencionado rechazó la denuncia formulada por el ahora recurrente, por no haberse podido individualizar al imputado y porque la investigación no aportó elementos suficientes para fundar la acusación, en sujeción al art. 304 numerales 2) y 3) del CPP (fs. 70-71).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
    • I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.6.
    • II.7.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • aún cuando la víctima no hubiere participado en el proceso como querellante, es obligación del fiscal, juez o tribunal, informarle sobre el resultado de las investigaciones y el proceso
    • por negligencia del recurrente no se interpuso el recurso de apelación incidental y dejó precluir su derecho, permitió que la decisión judicial que es contraria a sus intereses se ejecutorie
    • el recurrente pretende a través del presente amparo lograr la extinción de la acción penal seguida en su contra, cuando tal situación no la reclamó oportunamente ante el Juez recurrido

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