Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0854/2003-R
Fecha: 24-Jun-2003
recurso de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 14 de abril de 2003, cursante a fs. 105-107, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Beni, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Rubens Rivarola Muñoz en representación de Roque Pedraza Pedraza contra Mariana Montenegro Añez de Salas, Jueza de Instrucción Cautelar de Trinidad-Beni, alegando vulneración a sus derechos a la petición, propiedad, debido proceso y seguridad jurídica.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- aún cuando la víctima no hubiere participado en el proceso como querellante, es obligación del fiscal, juez o tribunal, informarle sobre el resultado de las investigaciones y el proceso
- por negligencia del recurrente no se interpuso el recurso de apelación incidental y dejó precluir su derecho, permitió que la decisión judicial que es contraria a sus intereses se ejecutorie
- el recurrente pretende a través del presente amparo lograr la extinción de la acción penal seguida en su contra, cuando tal situación no la reclamó oportunamente ante el Juez recurrido