Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0966/2003-R
Fecha: 15-Jul-2003
IMPROCEDENTE
La Sentencia cursante a fs. 54 y 55, pronunciada el 9 de mayo de 2003 por la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, declaró IMPROCEDENTE el recurso por haber cesado los efectos del acto reclamado, “no sin antes señalar” que extraña a ese Tribunal “la negligencia y falta oportuna en el cumplimiento de sus deberes por parte de la autoridad recurrida para sancionar de inmediato actos irregulares cometidos, demostrando de esa manera indiferencia hacia su institución a quien tiene obligación de servir y total desconocimiento del Estatuto del Funcionario Público” (sic).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1. Mediante memorial de
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- y distrital
- determinar la responsabilidad
- III.2.
- toda vez que se tiene evidencia que cuando se formuló el amparo, el recurrido no había dado ninguna respuesta a los actores sobre la denuncia y pedido que hicieron, y menos había iniciado el proceso administrativo correspondiente contra el Director de Núcleo denunciado,
- sin que el capricho, la torpeza o la mala voluntad de las autoridades pueda causarles perjuicio
- al derecho fundamental cuyo núcleo esencial comprende la respuesta pronta y oportuna,
- Se llama severamente la atención