Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0980/2003- R
Fecha: 14-Jul-2003
Fragmento 9
Que, ante la ausencia de postores en la citada audiencia, se adjudicó el inmueble a la parte coactivante, aprobándose el remate por Auto de 31 de diciembre de 2002, con el que se notificó a la recurrente el 17 de enero de 2003 (fs. 55, 56, 60, 61), pero al no interponerse recurso alguno contra el mismo se declaró ejecutoriado el 31 de enero de 2003 (fs. 63).
- amparo constitucional
- con dicho memorial y Auto supuestamente se le notificó a hrs. 11:30 del 22 del mismo mes y año
- Edgar Peña Venegas, Juez Undécimo de Partido Ordinario en lo Civil
- I.2.1
- I.2.2 Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1
- II.3
- Fragmento 9
- II.4
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- III.4
- III.5
- APRUEBA