SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0989/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0989/2003-R

Fecha: 15-Jul-2003

III.2.

III.2. En el caso que se examina, el año 1999, antes de la  vigencia del nuevo Código de procedimiento penal, el recurrente formuló denuncia ante la PTJ. Posteriormente, el 10 de agosto de 2001 interpuso una nueva querella, oportunidad en la que el Fiscal Wáldo López Paiva instruyó la investigación preliminar y el asignado al caso, por informe correspondiente, hizo notar al fiscal que el querellante -hoy recurrente- formuló una denuncia anterior, por los mismos hechos y contra las mismas personas, que se sustanciaba conforme al antiguo procedimiento, motivo por el que el representante del Ministerio Público dejó sin efecto la orden de investigación preliminar e instruyó se prosiga con las diligencias de policía judicial que se estaban sustanciado desde el año 1999.